Actualizado el · Autor: Equipo editorial de AccioFactu · Revisión normativa: fuentes AEAT y BOE

¿Quién está obligado a Verifactu? Guía completa 2027

Respuesta rápida

El ámbito se define en el Real Decreto 1007/2023 y depende del sistema informático utilizado y de las exclusiones aplicables. Los sistemas de entidades del IS deben adaptarse antes del 1 de enero de 2027 y el resto de obligados incluidos, antes del 1 de julio de 2027.

Resumen de obligados

Entidades IS incluidas
Adaptación antes del 1 enero 2027
Resto de obligados incluidos
Adaptación antes del 1 julio 2027
Obligados SII
Fuera del ámbito del reglamento
Caso individual
Revisar actividad y sistema utilizado

Casos que deben revisarse

Autónomos en estimación directa (normal o simplificada)
Autónomos en estimación objetiva (módulos) que usen software
Sociedades limitadas (SL) y anónimas (SA)
Comunidades de bienes y sociedades civiles
Profesionales liberales (médicos, abogados, arquitectos...)
Pequeñas y medianas empresas (pymes)

Exclusiones que conviene confirmar

Obligados que llevan libros registro mediante el SII
Supuestos excluidos expresamente por la normativa aplicable
Actividades o procesos sin sistema informático de facturación incluido
Casos con régimen especial que requieren validación fiscal
Los obligados que llevan los libros registro mediante el SII quedan fuera del ámbito del reglamento. El umbral de volumen de operaciones es solo uno de los supuestos que puede llevar al SII; confirma siempre tu régimen concreto.

Fuente oficial

Real Decreto 1007/2023 — Ámbito de aplicación de Verifactu

Artículo 2: ámbito subjetivo de aplicación del reglamento

Preguntas frecuentes

¿Quién está incluido en el ámbito?+
El ámbito subjetivo del Reglamento se define en el Real Decreto 1007/2023. Los empresarios y profesionales deben comprobar si utilizan un sistema informático de facturación incluido y si les resulta aplicable alguna exclusión.
¿Qué ocurre con quienes llevan libros mediante el SII?+
Los obligados que llevan los libros registro mediante el Suministro Inmediato de Información están fuera del ámbito del Reglamento de requisitos de los sistemas informáticos de facturación. Confirma tu régimen con tu asesor fiscal.
¿Los autónomos en módulos deben revisar esta normativa?+
La aplicación concreta depende de la actividad, la obligación de expedir factura, el sistema utilizado y las exclusiones aplicables. Revisa el caso con un asesor fiscal.

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