Si tu software de facturación no está homologado por la AEAT y no cumple con el Real Decreto 1007/2023, te expones a sanciones graves. Aquí te explicamos exactamente qué dice la ley y cómo protegerte.
La Ley 11/2021 introdujo el artículo 201 bis en la Ley General Tributaria, que tipifica como infracción grave el uso de software de facturación que no cumpla con los requisitos de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad.
Por el uso de software de doble uso o que permita la manipulación de registros fiscales. Artículo 201 bis de la LGT.
Por cada factura emitida sin los requisitos técnicos exigidos por el Real Decreto 1007/2023.
El incumplimiento de Verifactu puede desencadenar una inspección fiscal completa de tu actividad.
El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria, introducido por la Ley 11/2021, establece que constituye infracción tributaria grave la fabricación, producción, comercialización y tenencia de sistemas informáticos que:
Sanción: Multa pecuniaria fija de 50.000€ por cada ejercicio económico en el que se hayan producido ventas o prestaciones de servicios con el sistema informático.
Sociedades limitadas, anónimas y demás contribuyentes sujetos al Impuesto sobre Sociedades. Fuente: AEAT + RDL 15/2025.
Autónomos, profesionales liberales y empresarios individuales. Plazo ampliado por el Real Decreto-ley 15/2025 (BOE 3-dic-2025).
Comprueba que tu proveedor de software ha obtenido la certificación de conformidad con el Real Decreto 1007/2023. Puedes consultarlo directamente con tu proveedor o en el registro de la AEAT.
El software Verifactu debe enviar un registro de cada factura a la AEAT en el momento de su emisión. Si tu software no hace esto automáticamente, no cumple con la normativa.
El sistema debe garantizar que los registros de facturación no pueden ser modificados una vez emitidos. Esto se consigue mediante firma digital y hash de cada registro.
Si tu software actual no cumple, tienes tiempo hasta la fecha límite para migrar. AccioFactu está 100% homologado y la migración desde otros sistemas es gratuita.
La Ley 11/2021 establece una sanción de hasta 50.000€ por ejercicio económico por el uso de software que no cumpla con los requisitos de Verifactu. Esta sanción se aplica independientemente del tamaño de la empresa o del volumen de facturación.
Si no te adaptas antes de la fecha límite (1 de enero de 2027 para empresas, 1 de julio de 2027 para autónomos según el RDL 15/2025), te expones a sanciones de hasta 50.000€, inspecciones de Hacienda y la posible invalidación de tus registros fiscales.
Para saber si tu software cumple, debes verificar que tu proveedor ha obtenido la certificación de conformidad con el Real Decreto 1007/2023 y que el sistema envía un registro de cada factura a la AEAT en tiempo real. Si no estás seguro, contacta con tu proveedor o cambia a AccioFactu, que está 100% homologado.
Sí. AccioFactu está 100% homologado y conforme con el Real Decreto 1007/2023. Envía cada factura a la AEAT automáticamente, genera el registro de facturación requerido y garantiza la integridad e inalterabilidad de todos los registros fiscales.
Técnicamente sí, pero te recomendamos migrar cuanto antes para evitar problemas de última hora. La migración a AccioFactu es gratuita y puedes importar tus datos de otros sistemas. Además, cuanto antes empieces a usar Verifactu, más tiempo tendrás para adaptarte al nuevo flujo de trabajo.